El Tiempo de Pergamino

Policiales
 Jueves 07 de Abril de 2022

ABSUELTO

Absolvieron a Nazareno Ortega por matar a Mariano Mazzei en legítima defensa

Los jueces Guillermo Burrone, Carlos Picco y Gladys Hamué dieron a conocer el veredicto absolutorio en el juicio por la muerte de un joven tras un enfrentamiento.

Una pelea entre dos participantes de un festival de doma en el barrio 12 de octubre generó que uno de los contendientes matara a otro por legítima defensa; de acuerdo al veredicto del Tribunal Oral en lo Criminal.

Los jueces Guillermo Burrone, Carlos Picco y Gladys Hamué absolvieron a Nazareno Ortega en el juicio por el homicidio de Mariano Mazzei.

Ortega fue considerado responsable de la muerte de Mazzei, pero la legítima defensa lo absolvió de culpa y cargos penales en su contra.

El lunes al mediodía leyeron el veredicto absolutorio que convirtió a Nazareno Ortega en un hombre libre.

El episodio ocurrió el domingo 23 de febrero de 2020 al finalizar un festival de destreza criolla en San Martín y Becerra.

La acusación durante la instrucción penal y durante el juicio estuvo a cargo de la fiscal Patricia Fernández.

El abogado defensor, Maximiliano Brajer, sostuvo que Nazareno Ortega actuó en el marco de la legítima defensa.

Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal coincidieron que ese domingo a las siete de la tarde se desató una pelea protagonizada entre allegados y familiares de Nazareno Ezequiel Ortega y de Mariano Mazzei, que terminó siendo protagonizada por éstos últimos entre sí y que se desarrolló en diferentes sectores de las inmediaciones del citado predio, en plena vía pública y ante la presencia de numerosas personas.

En este devenir, comenzaron entre ambos un enfrentamiento con golpes de puño, en el que por momentos fueron separados y se alejaron ambos del lugar, uno en su caballo en el caso del imputado, mientras que la víctima a bordo de su vehículo particular. Luego, a pocos metros, se enfrentaron nuevamente en una pelea cuerpo a cuerpo, rodeado de familiares, allegados y terceros en general, que se hallaban presentes en el lugar.

Una gran cantidad de personas comparecieron como testigos en el juicio oral y ha quedado demostrado que Mazzei atacó en tres oportunidades a Ortega. En el último enfrentamiento embistió con el automóvil al caballo en el que se retiraba Ortega.

Así fue como Mazzei descendió del vehículo empuñando una linga con la que se dirigió a agredir a ortega hasta obligarlo a descender del caballo.

Ortega estaba ante una situación límite, sin poder irse del lugar aunque intentaba buscar salirse de allí. Distintos testigos sostuvieron que reculaba y le manifestaba a la víctima que parara con la agresión que ya estaba y sin embargo, la violencia hacia él no cesaba por parte de quien resultó ser la víctima del episodio,                                                                                        El juez Guillermo Burrone consideró en los fundamentos del veredicto: “Por ende, el uso de aquel cuchillo en el momento que optó Ortega dar un final al conflicto, el cual había tenido otro dos episodios anteriores de lucha cuerpo a cuerpo, sin hacer uso o demostración de aquella arma, no puede ser reprochado como uso irracional del medio empleado”.

El magistrado consideró que la legítima defensa requiere la: “falta de provocación por parte de quien se defiende, tal como ha quedado volcado en los testimonios recogidos, se aprecia que la actitud de Ortega, no fue de provocación hacia la víctima, no busco el conflicto, no lo generó y una vez iniciado el mismo por la víctima, en todo momento el accionar de Ortega fue tratar de retirarse, primero a caballo, luego corriendo y hasta pidiendo verbalmente a la víctima que cesara con su accionar de agresión”.

Burrone en el fallo absolutorio entendió que Ortega se “hallaba en una situación que encuadra en una agresión ilegitima, la cual no provocó y teniendo voluntad de retirarse, no pudo ejercer dicha opción, por el accionar de la víctima, por ende, no le quedó otra alternativa, que hacer uso de aquella facultad que el Derecho habilita en este tipo de situaciones”.

Así fue como los tres jueces del Tribunal oral en lo Criminal coincidieron que la “conducta de Nazareno Ezequiel Ortega se encuentra justificado y por ende no resulta punible por obrar amparado por la legítima defensa”.

Leé el veredicto absolutorio completo: https://drive.google.com/file/d/1uCXkB_h9Qv_q-lIKIvcf7fJKW8u7ccP7/view?usp=sharing



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